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Documento de compra con IVA no recuperable por concepto fuera de plazo
Documento de compra con IVA no recuperable por concepto fuera de plazo

Te enseñaremos la forma correcta de ingresar documentos de compra con IVA no recuperable para el caso específico de fuera de plazo.

Actualizado hace más de 2 años

En este artículo, te enseñaremos la forma correcta de ingresar documentos de compra con IVA no recuperable para el caso específico de fuera de plazo y que será visualizado en el libro de compras y en la contabilización.

Parametrización

Para que el sistema contabilice una factura de compra con IVA no recuperable, se debe indicar la cuenta contable destinada para ello en la siguiente ruta:

  • Configuración → Parámetros → Impuestos → Otros IVA → Escoger cuenta contable para IVA no recuperable.

Con esta parametrización el IVA no irá a la cuenta de IVA crédito fiscal, sino que se agregará a la cuenta parametrizada la que, para este caso debería ser una cuenta tipo gasto, ya que se constituirá en un gasto aceptado que será deducido de los ingresos de la empresa.

Procedimiento

Al ingresar un documento de compra, debe tener presente especialmente la fecha del documento y la fecha contable (período tributario en el que será declarada) indicadas en el encabezado.

El IVA del documento se considera no recuperable, por fuera de plazo, cuando este excede 2 meses completos, o también explicado cómo, cuándo se encuentran fuera del rango de 3 períodos, por ejemplo, si se cursa el mes de abril, los documentos dentro del mes de marzo y febrero tendrán IVA crédito fiscal, sin embargo, las del mes de enero ya no entran en esta categoría y pasan a tener IVA no recuperable.

Luego de ingresar el documento, el sistema emitirá un mensaje solicitando aprobación para contabilizar un documento de otro período en el actual.

Al indicar que sí, el IVA no recuperable será contabilizado en la cuenta parametrizada para tal efecto.

Ejemplo comprobante contable emitido por el sistema:

Libro de compras

En el libro de compras, el IVA crédito fiscal registrado, que corresponde a todos los documentos recibidos y contabilizados dentro de los tres períodos desde la fecha de emisión de éste, se verá separado de los documentos ingresados con IVA no recuperable y se mostrarán en columna “IVA no Rec”.

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