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¿Qué hacer si debo facturar servicios afectos, a raíz del cambio normativo?
¿Qué hacer si debo facturar servicios afectos, a raíz del cambio normativo?
Actualizado hace más de 2 años

De acuerdo a la Ley 21.420, los servicios que pasan a ser afectos a contar del 1 de enero del 2023, como por ejemplo:

  • Servicios de consultoría realizados por empresas (ingeniería, contabilidad, legales, otros).

  • Servicios de cobranzas.

  • Servicios de administración y dirección.

  • Servicios de diseño.

  • Servicios de desarrollo de software.

  • Servicios audiovisuales.

  • Servicios de domicilio virtual, entre otros.

Lo que debes realizar en el sistema es: crear códigos nuevos de Productos y Servicios y colocar que son afectos a IVA.

Otra opción es Buscar tu actual código y usar la opción de Duplicar y modificar el código y campo de exento.

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