De acuerdo a la Ley 21.420, los servicios que pasan a ser afectos a contar del 1 de enero del 2023, como por ejemplo:
Servicios de consultoría realizados por empresas (ingeniería, contabilidad, legales, otros).
Servicios de cobranzas.
Servicios de administración y dirección.
Servicios de diseño.
Servicios de desarrollo de software.
Servicios audiovisuales.
Servicios de domicilio virtual, entre otros.
Lo que debes realizar en el sistema es: crear códigos nuevos de Productos y Servicios y colocar que son afectos a IVA.
Otra opción es Buscar tu actual código y usar la opción de Duplicar y modificar el código y campo de exento.